• Detalle de Ley

    Ley N°: 4136
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 27/06/1974
    Promulgada: 17/07/1974
    Publicada: 24/07/1974
    Boletin Of. N°: 18276

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese en la jurisdicción I- Poder Le-
    gislativo, del presupuesto general de la Provincia para 1974
    la planta permanente  del personal de la Unidad de Organiza-
    ción I- Cámara de Senadores, por la siguiente:
    
    
    CLASE  NOMENCLATURA                   Nº DE CARGOS   SUELDO
                                                         MENSUAL
           FUNCIONARIOS DE LEY:                2
           Secretario                          1         7.503
           Prosecretario                       1         6.920
           PERSONAL SUPERIOR, ADMINISTRATIVO
           Y TECNICO PROFESIONAL:             47
           a) SECRETARIA:                      2
    13                                         2         2.980
           b) DIRECCION DE ADMINISTRACION:    17
     1        Director                         1         5.900
     2        Sub.director                     1         5.600
     7                                         1         4.500
     9                                         1         3.850
    10                                         1         3.560
    12                                         3         3.120
    13                                         6         2.980
    15                                         3         2.700
           c) DIRECCION DE COMISIONES:         8
     1        Director                         1         5.900
     2        Sub-director                     1         5.600
     7                                         2         4.500
    13                                         3         2.980
    15                                         1         2.700
           d) DIRECCION DE TAQUIGRADOS:       12
     1        Director                         1         5.900
     2        Sub-director                     1         5.600
     4                                         3         5.400
     6                                         1         5.150
    13                                         5         2.980
    15                                         1         2.700
           c) SECCION PRENSA:                  3
     5                                         1         5.300
    13                                         2         2.980
           f) SECCION SEGURIDAD:               2
     5                                         1         5.300
    10                                         1         3.560
           g) SECRETARIA PRIVADA DE LA
              PRESIDENCIA:                     3
    11                                         1         3.270
    15                                         2         2.700
              (Cesan automáticamente al renovar-
               se el titular de la Presidencia)
           SERVICIOS GENERALES:               30
    11                                         1         3.270
    12                                         1         3.120
    15                                         8         2.700
    16                                        19         2.400
    19                                         1         1.460
                                  TOTAL:      79
    
       Art. 2º.- Sustitúyese  en la Jurisdicción I- Poder Legis-
    lativo del presupuesto  de la Provincia para 1974, la planta
    permanente de la  Unidad  de Organización 3 - Ambas Cámaras,
    por el siguiente:
    
    
    CLASE  NOMENCLATURA                   Nº DE CARGOS   SUELDO
                                                         MENSUAL
           PERSONAL SUPERIOR, ADMINIS-
           TRATIVO Y TECNICO PROFESIONAL:     10
           a) BIBLIOTECA Y ARCHIVO
     1        Director                         1         5.900
     2        Sub-director                     1         5.600
     7                                         1         4.500
     8                                         1         4.050
    13                                         6         2.980
           PERSONAL DE SERVICIO                2
    16                                         2         2.400
                                 TOTAL:       12
    
    
       Art.3º.- Increméntase en  la Unidad de Organización I-Cá-
    mara de Senadores  - Otros Gastos e Inversiones - la partida
    principal 04- SERVICIOS-  parcial 04-PERSONAL DE LOS BLOQUES
    POLITICOS- en la  suma  de  $  1.155.000.- (Un millón ciento
    cincuenta y cinco mil).
    
       Art.4º.- La presente  ley  tendrá vigencia desde el 1º de
    enero de 1974  siendo de aplicación los incrementos estable-
    cidos por la ley nº 4.122.
    
       Art.5º.- Autorízase al  Poder  Ejecutivo  a reajustar, de
    rentas generales y  con  imputación  a  la presente ley, las
    partidas correspondientes a la Jurisdicción I, en los montos
    que resulten necesarios.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de  Tucumán, a los veintisiete días del mes
    de junio del año mil novecientos setenta y cuatro.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY DE PRESUPUESTO PARA 1974 EN LA JURISDICCION
    DEL PODER LEGISLATIVO.

  • Observaciones