* CADUCA *
Extinción de Sanciones Disciplinarias para Actos Políti-
cos, Sociales o Gremiales a Funcionarios y Empleados
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Quedan extinguidas de pleno derecho todas
las sanciones disciplinarias o de carácter ético aplicadas,
en razón de actos realizados por motivos políticos, sociales
o gremiales, a funcionarios y empleados de los departamentos
del Estado Provincial, de sus entidades descentralizadas y
de las empresas que por cualquier título integran su patri-
monio.
Art.2º.- Quedan extinguidas de pleno derecho todas las
sanciones disciplinarias aplicadas, en razón de actos o he-
chos realizados por motivos políticos, sociales, gremiales o
estudiantiles, a docentes y alumnos de todos los estableci-
mientos de enseñanza del Estado Provincial o que funcionen
con su autorización y bajo su control.
Art.3º.- Las disposiciones de la presente ley no implican
reconocimiento de derechos en lo que respecta a retribucio-
nes económicas por ningún concepto.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a los dieciséis días del mes de setiembre de mil
novecientos setenta y cuatro.-