* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley de Presupuesto Nº 4.109
de la siguiente manera:
En el anexo 6 - Ministerio de Bienestar Social, Jurisdic-
ción 15, Sector Económico 16, unidad de organización Minis-
terio de Bienestar Social, incrementar:
Actividad Central 680 - Conducción y Orientación de la
Política Sanitaria, Asistencia, Promoción y Seguridad So-
cial.
Partida Principal 06-Transferencias Corrientes $ 348.775
Art.2º.- La mayor erogación que demande el cumplimiento
de la presente ley se hará de Rentas Generales con imputa-
ción a la misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de
octubre del año mil novecientos setenta y cuatro.-