* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- El Gobierno de la Provincia subvencionará
al Hogar San Roque para sufragar financieramente las presta-
ciones que dicha institución realiza. La Ley de Presupuesto
deberá contemplar anualmente un fondo identificado para tal
fin.
Art.2º.- Inclúyese dentro de la Ley de Presupuesto para
1974 en la Actividad Central 680 como partida parcial 01 -
Subvenciones, al Hogar San Roque, el importe de $ 108.000,oo
(ciento ocho mil pesos).
Art.3º.- Las erogaciones que demande la presente Ley se-
rán atendidas con fondos de Rentas Generales.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a los cinco días del mes de noviembre de mil no-
vecientos setenta y cuatro.-