• Detalle de Ley

    Ley N°: 4261
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 29/04/1975
    Promulgada: 13/05/1975
    Publicada: 20/05/1975
    Boletin Of. N°: 18478

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
       Artículo 1º.- Créase un  Juzgado de Paz  en  la localidad
    denominada Villa Padre Monti, del Departamento Burruyacú.
    
       Art. 2º.- El  Poder  Ejecutivo proveerá lo necesario para
    el equipamiento, dotación de personal y funcionamiento de la
    dependencia  que se crea por esta Ley, hasta su inclusión en
    el Presupuesto General de la Provincia.
    
       Art. 3º.- El  gasto  que  demande el cumplimiento de esta
    Ley,  se imputará a las partidas específicas del presupuesto
    vigente. 
    
       Art. 4º.- El  Juzgado  de Paz creado por la presente ley,
    tendrá como  competencia territorial los siguientes límites,
    a saber: Norte: Provincia de Salta; Sud: Arroyo Artaza hasta
    su desembocadura  con el Río Calera; Este: Cumbres de Serra-
    nías de  La  Ramada,  cerro  Alto de Las Botijas y cerro Del
    Campo; y al Oeste: con el Departamento Trancas.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto consolidado con Ley Nº 5011.-

  • Relaciones

    Consolidada por Ley 8240

  • Resumen

    CREA UN JUZGADO DE PAZ EN VILLA PADRE MONTI, DEPARTAMENTO BURRUYACU.

  • Observaciones

    -TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 5.