• Detalle de Ley

    Ley N°: 4312
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/08/1975
    Promulgada: 27/08/1975
    Publicada: 04/09/1975
    Boletin Of. N°: 18552

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  a  la  Dirección  Provincial de
    Vialidad a liquidar  con  anterioridad al día 1º de marzo de
    1975, el aumento  salarial  fijado  por Decreto  Nacional Nº
    572/75.
    
       Art.2º.- Modifícase la  ley Nº 4.266 de presupuesto gene-
    ral 1975, de  la siguiente manera: 
       a) En el anexo 5 - Ministerio  de Economía,  jurisdicción
    19 - Dirección  Provincial de Vialidad, sector económico 7 -
    Transporte, finalidad 6, función 45, programa 860; Construc-
    ción y Reparación de Carreteras, increméntanse  las partidas
    que se indican:
    
    Sección             01-Erogaciones Corrientes     11.083.107
    Sector              02-Funcionamiento             11.083.107
    Partida Principal   01-Personal                   11.083.107
    Partida Parcial     01-Planta Permanente          11.083.107
    Partida Subparcial  02-Suplemento Varios           8.552.380
    Partida Subparcial  03-Sueldo Anual Complementario   712.740
    Partida Subparcial  04-Aporte Patronal Jubilatorio 1.389.845
    Partida Subparcial  05-Aporte Patr.p/obra Social     427.644
       b) En el anexo 3 -Gobernación, jurisdicción 4, Secretaría
    de Estado de Hacienda, sector  económico  16 -Administración
    General, finalidad 9, función 01, programa 124, Gastos Figu-
    rativos, increméntanse las partidas que se indican:
    Sección           12-Erogaciones Figurativas      11.083.107
    Sector            13-Contribuciones               11.083.107
    Partida Principal 12-Contribuciones               11.083.107
    Partida Parcial c)  -Dirección Prov.de Vialidad   11.083.107
    Partida Subparcial c)1-Aportes p/funcionamiento   11.083.107
       c) Increméntanse los recursos de la  Dirección Provincial
    de Vialidad, Remesas de la  Administración  Central - Aporte
    para funcionamiento, en la suma de $ 11.083.107.
    
       Art.3º.- La mayor  erogación  que demande el cumplimiento
    de la presente ley, se atenderá con fondos de rentas genera-
    les.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
      Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura de
    la Provincia de  Tucumán,  a  los diecinueve días del mes de
    agosto del año mil novecientos setenta y cinco.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A LIQUIDAR AL PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE
    VIALIDAD EL AUMENTO SALARIAL DISPUESTO POR DECRETO NACIONAL
    572/75. MODIFICA LA LEY DE PRESUPUESTO N °4266.

  • Observaciones