* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Inclúyese en la Ley de Presupuesto General
para 1975, jurisdicción 15 - Ministerio de Bienestar Social,
Actividad Central 690, Partida Principal 06 – Transferencias
Corrientes, la siguiente partida parcial: subvención a la
Universidad Popular Miguel Lillo de la ciudad de Concepción
$ 40.000.00.
Art.2º.- La mayor erogación que demande el cumplimiento
de la presente ley se atenderá con fondos de Rentas Genera-
les.
Art.3º.- El Poder Ejecutivo incluirá en la ley anual de
presupuesto, a partir de la sanción de la presente, una par-
tida en carácter de subvención destinada a la Universidad
Popular Miguel Lillo de la ciudad de Concepción, como con-
tribución al pago de sueldos de profesores y adquisición de
material didáctico, la que no podrá ser inferior a la acor-
dada por el artículo 1º.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de octu-
bre del año mil novecientos setenta y cinco.-