* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Caja Popular de Ahorros de
la Provincia, a liquidar desde el 1º de Junio de 1975, el
aumento salarial establecido en la Convención Colectiva de
Trabajo para el personal bancario, homologada por el Minis-
terio de Trabajo de la Nación mediante resolución nº 3/75
del 8-7-75 y ratificada por decreto nacional nº 1.865 del
10-7-75.
Art.2º.- Increméntase en la suma total de Treinta y Cua-
tro Millones Ochenta y Ocho Mil Pesos ( $34.088.000.), la
partida principal 01 - Personal, anexo 5, jurisdicción 22,
unidad de organización: Caja Popular de Ahorros de la Pro-
vincia, del presupuesto 1975, conforme al siguiente detalle:
Partida Parcial 01-Planta Permanente 31.208.000.
Partida Subparcial 01-Sueldos Básicos 17.076.000.
" " 02-Suplementos Va-
rios 8.224.000.
" " 03-Sueldo Anual Com-
plementario 1.784.000.
" " 04-Aporte Patronal
Jubilatorio 3.268.000.
" " 05-Aporte Patronal
para Obras Sociales 856.000.
Partida Parcial 03-Asignaciones fami-
liares 1.363.000.
" " 04-Servicios Extraor-
dinarios 1.517.000.
Art.3º.- El refuerzo que se autoriza por el artículo an-
terior será atendido con fondos propios del organismo.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta y un días del mes
de Octubre del año mil novecientos setenta y cinco.-