• Detalle de Ley

    Ley N°: 435
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 18/02/1879
    Promulgada: 01/03/1879
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Sala de R.R., en uso de sus atribuciones, sanciona con
    fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Desapruébase el decreto expedido  por el P.
    Ejecutivo, por  el que se pone en vigencia para el corriente
    año la ley de Presupuesto del año anterior.
    
       Art. 2º.- Será personal y solidariamente responsable todo
    funcionario público  que  autorice  o haga pagos con dineros
    del Tesoro  Provincial, por sueldos  o gastos de la Adminis-
    tración, antes de la sanción del Presupuesto general de gas-
    tos de la Provincia.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Febrero 18 de 1879.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    DESAPRUEBA EL DECRETO POR EL QUE SE PONE EN VIGENCIA PARA EL AÑO 1879 LA LEY DE PRESUPUESTO DEL AÑO ANTERIOR.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 7- PAG.295.-