* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a convenir,
ad referéndum de la Honorable Legislatura, con el Poder Eje-
cutivo Nacional a través de su organismo competente, la re-
financiación de la deuda que el Estado Provincial mantiene
al 30 de setiembre de 1975 con el Instituto de Seguridad So-
cial de la Provincia, por aportes jubilatorios, subsidio de
salud, intereses y todo otro concepto que por disposiciones
legales vigentes constituyen recursos de la citada Institu-
ción.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de Di-
ciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-