• Detalle de Ley

    Ley N°: 4412
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 26/12/1975
    Promulgada: 02/01/1976
    Publicada: 26/01/1976
    Boletin Of. N°: 18649

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Increméntase en  la suma  de  $  59.094.730
    (Cincuenta  y nueve millones noventa y cuatro  mil setecien-
    tos treinta pesos) el  crédito presupuestario  del  anexo 5,
    jurisdicción 19, sector económico 7, unidad de organización:
    Dirección Provincial  de  Vialidad, finalidad 6, función 45,
    programa 860, en la siguiente  forma:
       Sección 01 -   sector    02    -   partida  principal  01
       Personal                                    $   2.900.000
                         Partida parcial 04
       Serv.  Extraordinarios                      $   1.100.000
                         Partida parcial 05
       Asistencia Soc. al Personal                 $   1.800.000
                        Partida principal 02
       Bienes de Consumo                           $  10.200.000
                        Partida principal 04
       Servicios                                       2.384.730
       Sección 06 - sector 07-Partida Principal 09 $  43.610.000
       Obra   1 -  Ranchillos - Estación Aráoz     $   5.000.000
       Obra   6 -  Alto Nivel Acheral Km. 14-20    $   2.000.000
       Obra  10 -  San Ramón- Sta. Rosa de Leales  $   1.000.000
       Obra  13 -  Trinidad- Monteagudo            $   8.000.000
       Obra  15 -  Alberdi- Graneros- La Madrid    $   7.610.000
       Obra  21 -  Las Tancanas -Gonzalo           $   7.000.000
       Obra  22 -  Gonzalo- Rodeo Grande           $   8.000.000
       Obra  32 -  Km.87- Ampimpa -Km.43- Quilmes  $   2.000.000
       Obra  40 -  Mariño- El Naranjo- El Sunchal  $   1.500.000
       Obra  41 -  Chañar Viejo- El Ojo            $   1.500.000
    
       Art.2º.- Disminúyese en la suma de $ 1.088.800, el Crédi-
    to Presupuestario del programa referido en el artículo ante-
    rior como sigue:
       Sección 06 -sector 07- Partida Principal 09   $ 1.088.800
       Obra 29 -   Caminos    de    Fomento-Agrícola    ley   nº
       15273                                        $    456.800
       Obra 30 - Red Vial Secundaria- ley nº 15274       632.000
    
       Art.3º.- Los incrementos de  crédito  presupuestario dis-
    puestos en la presente ley, deberán  financiarse  con los a-
    justes de los recursos provenientes del Régimen de  Coparti-
    cipación  Vial, como se indica a continuación:
       1  - Ingresos Corrientes                + $    58.005.930
       2  - De Jurisdicción Nacional           + $    58.005.930
       3  - Régimen de Coparticipación Vial    + $    58.005.930
       01 - Dto-Ley nº 505/58- Ley nº 20336    + $    46.210.000
       02 - Ley nº 15273 - Fomento Agrícola    - $       456.800
       03 - Ley nº 15274 - Red Vial Secundaria - $       632.000
       04 - Impuesto a los Combust. Líquidos   - $    12.884.730
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
    diciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INCREMENTA DIVERSAS PARTIDAS DEL PRESUPUESTO AÑO 1975 CON
    DESTINO A LA EJECUCION DE OBRAS.

  • Observaciones