• Detalle de Ley

    Ley N°: 4428
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 26/12/1975
    Promulgada: 08/01/1976
    Publicada: 03/02/1976
    Boletin Of. N°: 18655

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al  Instituto  Provincial  de la
    Vivienda y Desarrollo  Urbano para invertir hasta la suma de
    $ 5.000.000 (CINCO  MILLONES  DE  PESOS) en la programación,
    organización y ejecución  de  un plan de formación, especia-
    lización y/o perfeccionamiento  de personal en los distintos
    oficios que requiere  el cumplimiento de los planes de cons-
    trucción de viviendas  proyectados  por el mencionado Insti-
    tuto.
    
       Art.2º.- Déjase expresamente establecido que la enseñanza
    a impartir será  totalmente gratuita, debiendo destinarse un
    mínimo del 50%  (cincuenta  por ciento) del total de la par-
    tida a que  se refiere el artículo anterior, a becas para el
    personal a capacitar.
    
       Art.3º.- La implementación,  ejecución  y  supervisión de
    los cursos se  realizará  por medio del Instituto Provincial
    de la Vivienda  y  Desarrollo  Urbano,  que al efecto deberá
    confeccionar el correspondiente  proyecto de reglamento para
    la inscripción y  selección de los interesados, y desarrollo
    de los cursos.
    
       Art.4º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se  hará  con  fondos  de Rentas Generales e impu-
    tación a la misma.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de  Tucumán,  a  veintiséis días del mes de
    diciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA A REALIZAR CURSOS DE
    PERFECCIONAMIENTO.

  • Observaciones