* CADUCA *
VISTO que el Banco Central de la República Argentina ha
modificado el Plan de Pagos relacionado con la capitaliza-
ción del Banco de la Provincia de Tucumán establecido por el
Art.2º de la Ley Nº 3848 del 16 de agosto de 1972 y estiman-
do necesario prestar la conformidad del Gobierno de la Pro-
vincia,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Acéptase el Plan de Pagos comunicado por el
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, ligado al Plan de
Capitalización del BANCO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
quedando en consecuencia modificado el Art.2º de la Ley Nº
3.848, en la siguiente forma:
29/1/1975................................ $ 5.000.000.00
29/1/1976 ................................$ 7.500.000.00
29/1/1977 ................................$ 10.000.000.00
29/1/1978 ................................$ 12.500.000.00
29/1/1979 ................................$ 15.000.000.00
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-