* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para invertir de Rentas
Generales hasta la suma de dos mil pesos fuertes en los es-
tudios técnicos de canales de irrigación para los estableci-
mientos agrícolas de la banda oriental del río Salí.
Art. 2º.- Hechos los estudios a que se refiere el artícuo
anterior y presupuesto de la obra, el P.E. los someterá
inmediatamente a la aprobación de la Honorable Legislatura.
Art. 3º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Marzo 30 de 1881.-