* CADUCA *
VISTO la necesidad de autorizar a la Comisión Honoraria
para el Estudio de la Explotación e Industrialización de las
Calizas de Peñas Azules (CO.E.P.A.), creada por Decreto Nº
4.732/3 (CIM) de fecha 19 de octubre de 1973, a disponer de
un fondo fijo para la atención de gastos a efectuarse con
motivo de las perforaciones que se realizarán en el depósito
calizo de Peñas Azules, y a la evaluación de depósito de
arcilla en la zona de Tapia.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Comisión Honoraria para el
Estudio de la Explotación e Industrialización de las Calizas
de Peñas Azules (CO.E.P.A), a disponer de un fondo fijo des-
tinado a cubrir gastos que demandaren los estudios y proyec-
tos para la explotación integral del yacimiento calizo de
Peñas Azules, cuyo cálculo, manejo y mecanismo, será en un
todo de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Contabili-
dad, con imputación a las Leyes que se citan en el Art.2º.
Art.2º.- El manejo del Fondo Fijo, cuyo cálculo se efec-
tuará tomando como base el monto autorizado por el Art. 1º
de las Leyes Nros. 4.034 y 4.246, será depositado en Banco
Provincia de Tucumán en una cuenta denominada (CO.E.P.A)
(Fondo Fijo) orden conjunta Presidente-Secretario Ejecutivo.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-