* CADUCA *
En ejercicio de las facultades legislativas conferidas
por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Fúndase el pueblo "Subteniente Berdina"
ubicado en el Departamento de Monteros,Circunscripción Admi-
nistrativa del mismo nombre, en el actual emplazamiento de
la localidad de Caspinchango Nuevo, el que tendrá como lími-
tes iniciales los siguientes:
-Norte: Camino Vecinal - Futura Ruta Provincial nº 323.
-Sur: Compañía San Pablo - Fabricación de Azúcar S.A.
-Este: Compañía San Pablo - Fabricación de Azúcar S.A.
-Oeste: Compañía San Pablo - Fabricación de Azúcar S.A.
-Frente Norte del Camino Vecinal -Compañía San Pablo S.A.
Art.2º.- La constitución, formación, trazado y ejecución
del núcleo urbano original, como su posterior crecimiento,
responderán a la planificación elaborada por los organismos
técnicos competentes y serán motivo de regulación especial
mediante normas complementarias de la presente Ley.
Art.3º.- El acto de su formal fundación tendrá lugar el
día 24 de Setiembre de 1976, fecha del 164 aniversario de la
Batalla de Tucumán, a la vez que día de Homenaje Nacional a
los caídos en la lucha contra la subversión, y contará con
la presencia del Excelentísimo señor Presidente de la Na-
ción, Teniente General D. Jorge Rafael VIDELA.
Art.4º.- Derógase toda disposición que se oponga al cum-
plimiento de la presente Ley.
Art.5º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-