• Detalle de Ley

    Ley N°: 4558
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL - ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 11/10/1976
    Promulgada: 11/10/1976
    Publicada: 18/10/1976
    Boletin Of. N°: 18832

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       VISTO, la autorización solicitada por la Municipalidad de
    Tucumán para tramitar ante la Caja Nacional de Ahorro y  Se-
    guro la ampliación de crédito para financiar  obras  por  un
    total de $ 551.845.988.- y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que la ejecución de las obras cuya ampliación de  crédito
    se solicita, se dará solución a impostergables problemas  de
    la población municipal,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
    de Tucumán a gestionar ante la Caja Nacional de Ahorro y Se-
    guro la ampliación de préstamos y a contraer las  obligacio-
    nes emergentes por los importes que se detallan destinados a
    financiar las siguientes obras:
       Amplicación red de gas Zona Centro y Avda.
       Mate de Luna................................$  27.046.107
       Colector Secundario Pje. Ambrosio Nougués...$  49.969.090
       Colector Pluvial Avda. A.de la Vega-América,
       Ia.Etapa....................................$  72.796.847
       Desagües cloacales Villa Alem-Villa Amalia..$ 117.232.248
       Pavimentación calles del municipio(58 cua-
       dras).......................................$ 106.618.741
       Remodelación y ampliación edificio municipal
       Avda. 24 de Setiembre.......................$  39.782.202
       Colector, planta bombeo y red cloacal Villa 
       Alem, Villa Amalia y San Cayetano...........$  32.646.743
       Pavimentación Barrio Ciudadela, IIa.etapa...$ 105.754.010
    
       Art.2º.- Autorízase a la MUNICIPALIDAD DE SAN  MIGUEL  DE
    TUCUMÁN a afectar la Coparticipación de Impuestos Nacionales
    y Provinciales que le corresponde, para garantizar  el  cum-
    plimiento de las condiciones bajo las cuales se formalizarán
    las operaciones por los créditos a que se refiere el artícu-
    lo 1º.
    
       Art.3º.- La  Municipalidad de San Miguel de Tucumán debe-
    rá prever, en los futuros presupuestos, los créditos necesa-
    rios para atender los servicios de amortización y/o  intere-
    ses del préstamo hasta su total cancelación.
    
       Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en  el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAPITAL A GESTIONAR ANTE LA
    CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURIDAD UNA AMPLIACIÓN DE
    PRESTAMOS PARA FINANCIAR OBRAS PÚBLICAS.

  • Observaciones