• Detalle de Ley

    Ley N°: 4576
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 27/10/1976
    Promulgada: 27/10/1976
    Publicada: 02/11/1976
    Boletin Of. N°: 18843

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       Visto, la  urgente necesidad  de  dar empleo a la mano de
    obra disponible  durante el  período interzafra, así como la
    conveniencia de proceder a la ampliación  de la infraestruc-
    tura  edilicia escolar  con anterioridad a la iniciación  de
    clases del período lectivo del año 1977,
     
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créase en el  Anexo 3, Jurisdicción 7, Sec-
    tor Económico y Social 11, Finalidad 5, Función 10, Programa
    360 - Ampliación  y  Mejoramiento  de la Estructura Edilicia
    Escolar,las Unidades de Inversión"Escuela Mariano Ariza -YA-
    CUCHINA- Depto.Monteros con un crédito de QUINCE MILLONES DE
    PESOS  ($ 15.000.000.-)  y  "Escuela  Colonia 5 - Ingenio La
    PROVIDENCIA - Depto. Monteros con  un crédito de QUINCE  MI-
    LLONES DE PESOS ($ 15.000.000.-), provenientes  de la ley Nº
    4.503.
    
       Art.2º.- La suma  total  de  TREINTA  MILLONES  DE  PESOS
    ($ 30.000.000.-) otorgada para  la  creación de las  citadas
    escuelas, se  extraerá  del  Anexo 3, Jurisdicción 4, Sector
    Económico y Social 16, Finalidad 9, Función 01, Programa 123
    Crédito Adicional, Sección 01, Sector 05, Partida  Principal
    11 - Crédito Adicional, del Presupuesto General  de la  Pro-
    vincia, Ley Nº 4531.
    
       Art.3.- Exímase a las contrataciones  que se  realizan en
    cumplimiento de la presente ley, de los requisitos  de lici-
    tación previstos por las Leyes de Obras Públicas y de Conta-
    bilidad, quedando facultado el Señor Secretario de Estado de
    Educación y Cultura, para este caso y por  vía de excepción,
    para  autorizar  y  aprobar tales  contrataciones cualquiera
    fuere su monto.
    
       Art.4º.- Téngase por Ley  de la  Provincia, cúmplase, pu-
    blíquese  en  el  Boletín Oficial y archívese en el Registro  
    Oficial de Leyes y Decretos.-

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA EL PRESUPUESTO VIGENTE AL AÑO DE SU SANCIÓN PARA
    AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDILICIA EN LA ESCUELA MARIANO
    ARIZA DE MONTEROS.

  • Observaciones