• Detalle de Ley

    Ley N°: 4604
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 23/11/1976
    Promulgada: 23/11/1976
    Publicada: 01/12/1976
    Boletin Of. N°: 18864

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
    
       VISTO, la necesidad de crear la Dirección General de Edu-
    cación Física, dependiente  de  la  Secretaría  de Estado de
    Educación y Cultura, y
       CONSIDERANDO:
       Que la educación física, el deporte y la recreación deben
    realizarse  en  función  e integrados con la totalidad de la
    educación,con todas las actividades  del hombre y la comuni-
    dad;
       Que es necesario crear un organismo específico que regule
    estas actividades realizadas en  establecimientos educativos
    de jurisdicción  provincial y nacional y sirva de enlace con
    otros organismos provinciales  y nacionales de la especiali-
    dad;
       Que es propósito de las autoridades provinciales promover
    la educación física, deportes y recreación  en el territorio
    provincial;
       Que es necesario contar con un órgano adecuado que permi-
    ta una administración racional de los recursos  humanos, ma-
    teriales y financieros de que se dispone, en cumplimiento de
    los fines y objetivos de la educación física y recreación de
    niños y jóvenes.
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
                              L E Y :
       Artículo 1º.- Créase la  Dirección  General de  Educación
    Física, dependiente  de la Secretaría de Estado de Educación
    y Cultura.
    
       Art.2º.- La Dirección General de Educación  Física estará
    a cargo de un Director designado por el Poder Ejecutivo.
    
       Art.3º.- Son  funciones de la Dirección General de Educa-
    ción Física:
       a) Promover, organizar, coordinar  y  evaluar  el  depor-
    te, turismo  escolar y campamentos  educativos  en todos los
    niveles de la enseñanza en  el ámbito provincial, en coordi-
    nación con el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia
    y con organismos afines de orden nacional, provincial, muni-
    cipal y privado.
       b) Determinar las  necesidades  educativas en  materia de
    infraestructura, asegurando su utilización racional y super-
    visando su adecuado mantenimiento.
       c) Administrar los edificios  y espacios pertenecientes a
    la Secretaría de Estado de Educación y Cultura que se desti-
    nen a la educación física y al deporte.
       d) Concretar dentro del ámbito  provincial la creación de
    centros de Educación Física, Deportes  y Recreación, la ins-
    talación  de campamentos educativos, colonias de vacaciones,
    excursiones educativas y la ejecución de competencias inter-
    colegiales.
       e) Realización de cursos  de actualización y perfecciona-
    miento docente  en coordinación con el  Instituto de Perfec-
    cionamiento Docente de la  Provincia, como asimismo, brindar
    a los docentes el asesoramiento y los recursos técnicos para
    que puedan  desarrollar en las escuelas, un plan  regular de
    educación física.
       f) Cumplir toda otra tarea que le encomienden los respon-
    sables de la gestión educativa.
    
       Art.4º.- La Secretaría  de Estado de Educación  y Cultura
    dictará el Reglamento Orgánico, a partir de la aprobación de
    la presente ley y asignará los recursos  humanos, materiales
    y financieros para su funcionamiento.
    
       Art.5º.- Las reparticiones  de la Administración  Pública
    Provincial están  obligadas a prestar la máxima colaboración
    como así también a suministrar la información que le sea re-
    querida para  el cometido de la Dirección  General de Educa-
    ción Física.
    
       Art.6º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en el BOLETÍN  OFICIAL y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPENDIENTE
    DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

  • Observaciones