* CADUCA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de Utilidad Pública y sujeto a
expropiación un inmueble de propiedad de LEGORBURU & CIA. o
quien resultare titular del dominio, ubicado en calle Mendo-
za esquina Maipú de esta Ciudad, de 16,73 metros de frente
por 19,40 metros de largo, dentro de los siguientes linde-
ros: NORTE: calle Mendoza, SUD: Roberto Blasco (Otilde Pe-
reyra de Villada), ESTE: Legorburu & Cía. (Parcela 18) y
OESTE: calle Maipú.La citada propiedad tiene una superficie
según mensura de 311,5745 m2 y se encuentra inscripta en Ca-
tastro Parcelario con el Padrón Nº 4025, Mat. 6977, Orden
1848, Circ. I, Sec. II, Manzana 50, Parc. 17 y en Registro
Inmobiliario en el Libro 1, Folio 124, Serie C, Año 1961.
Art.2º.- El inmueble descripto en el Artículo 1º de esta
Ley será destinado al Banco de la Provincia de Tucumán.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto General
año 1976, Partida Principal 04, Parcial 13 de la Unidad de
Organización: Fiscalía de Estado.
Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, pu-
blíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-