VISTO las facultades legislativas conferidas por la Junta
Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetos a
expropiación los siguientes inmuebles:
1.- Una fracción de terreno de propiedad de Herederos de
Ashan Razzuk,o quien resulte ser el titular del dominio ubi-
cado sobre calle Belgrano de la ciudad de Monteros de
10,40 mts. de frente por 10,30 mts. de contrafrente de 38
mts. de fondo y dentro de los siguientes linderos: NORTE:
Parcela 17; SUR: Banco de la Nación Argentina; ESTE: Calle
Belgrano y OESTE: HEREDEROS DE ASAHAN RAZZUCK. El citado
inmueble figura inscripto en Catastro Parcelario con Padrón
49393, Circ. I, Sec.A, Manz.49, Parc. 18.
2.- Una fracción de terreno de propiedad de HEREDEROS DE
ASAHAN RAZZUCK, o quien resulte ser el titular del dominio,
ubicado sobre calle 25 de Mayo de la ciudad de Monteros, de
12,74 mts. de frente por 8,23 mts. de contrafrente, con un
martillo a favor a los 22 mts. de 2,15 mts. por 4,50 mts.,
dentro de los siguientes linderos: NORTE: Herederos de ASA-
HAN RAZZUCK; SUD: Calle 25 de Mayo; ESTE: Banco de la Nación
Argentina y OESTE: Herederos de ASAHAN RAZZUCK. El cita-
do inmueble figura inscripto en Catastro Parcelario con Pa-
drón Nº 46620; Circ. I, Sec. A, Manz. 49; Parc. 20.
3.- Una fracción de terreno de propiedad de HEREDEROS DE
ASHAN RAZZUCK, o quien resulte ser el titular del dominio,
ubicado sobre calle 25 de Mayo de la ciudad de Monteros de
5,78 mts. de frente por 18,25 mts. de contrafrente, con un
martillo a favor a los 22 mts. de 8,23 mts. por 2,15 mts. y
otro martillo a favor a los 24,15 mts. de 4,50 mts. por
26,10 mts., dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parce-
la 17; SUD: Calle 25 de Mayo; ESTE: Herederos de ASAHAN RA-
ZZUCK y Banco de la Nación Argentina y OESTE: Cooperativa de
Crédito Ltda. El citado inmueble figura inscripto en Catas-
tro Parcelario con Padrón Nº 48149, Circ. I, Sec. A, Manz.
49, Parc.21.
Art.2º.- Déjase establecido que los inmuebles descriptos
en el artículo 1º de la presente Ley, serán destinados a la
instalación de la Sucursal de la Caja Popular de Ahorros de
la Provincia.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto General
año 1976, Partida Principal 04, Parcial 13 de la Unidad de
Organización: Fiscalía de Estado.
Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,publí-
quese, en el Boletín Oficial y archívese en el Registro Ofi-
cial de Leyes y Decretos.-