• Detalle de Ley

    Ley N°: 4687
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 24/01/1977
    Promulgada: 24/01/1977
    Publicada: 01/02/1977
    Boletin Of. N°: 18907

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       En ejercicio de las  facultades  legislativas  conferidas
    por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA
    
                            L E Y :
       
       Artículo 1º.- Transfiérese del Anexo  4, Jurisdicción  9,
    MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, Sector  Económico  Social
    16, Sección 01, Sector 02, Función 01, Actividad Central 400
    los cargos correspondientes al  presupuesto  vigente que  se
    detalla a continuación, a las siguientes Reparticiones de la
    Administración Provincial:
                                               Categoría   Total
    Registro del Estado Civil y Capacidad
    de las Personas                                5         20
    Archivo General de la Provincia                2          1
    Boletín Oficial                                5          1
    Dirección General de Catastro                  2          1
    Contaduría General de la Provincia             5          1
    Ministerio de Bienestar Social                 5          1
    Secretaría de Estado de Salud Pública         10          1
        "           "         "      "             8          3
        "           "         "      "             7          2
        "           "         "      "             6          8
        "           "         "      "             5         76
        "           "         "      "             2          9
       
       Art.2º.- Transfiérese del Anexo 4, Ministerio de Gobierno
    y Justicia, Jurisdicción 10, Secretaría de Estado de Gobier-
    no y Justicia,Unidad de Organización 46, Registro del Estado
    Civil y Capacidad de las Personas, Sector  Económico  Social
    16,  Administración General,Función 90, Administración Gene-
    ral sin discriminar, Programa 460/0, Sección 1,  erogaciones
    Corrientes, Sector 02 Funcionamiento, Un (1) cargo Categoría
    10, Especialidad F, a la Dirección General de Institutos Pe-
    nales de la Provincia.
       
       Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en el  Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    TRANSFIERE DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA NUMEROSOS
    CARGOS A DIFERENTES REPARTICIONES DE LA ADMINISTRACION
    PUBLICA PROVINCIAL.

  • Observaciones