* CADUCA *
En ejercicio de las facultades legislativas conferidas
por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA
L E Y :
Artículo 1º.- Transfiérese del Anexo 4, Jurisdicción 9,
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, Sector Económico Social
16, Sección 01, Sector 02, Función 01, Actividad Central 400
los cargos correspondientes al presupuesto vigente que se
detalla a continuación, a las siguientes Reparticiones de la
Administración Provincial:
Categoría Total
Registro del Estado Civil y Capacidad
de las Personas 5 20
Archivo General de la Provincia 2 1
Boletín Oficial 5 1
Dirección General de Catastro 2 1
Contaduría General de la Provincia 5 1
Ministerio de Bienestar Social 5 1
Secretaría de Estado de Salud Pública 10 1
" " " " 8 3
" " " " 7 2
" " " " 6 8
" " " " 5 76
" " " " 2 9
Art.2º.- Transfiérese del Anexo 4, Ministerio de Gobierno
y Justicia, Jurisdicción 10, Secretaría de Estado de Gobier-
no y Justicia,Unidad de Organización 46, Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, Sector Económico Social
16, Administración General,Función 90, Administración Gene-
ral sin discriminar, Programa 460/0, Sección 1, erogaciones
Corrientes, Sector 02 Funcionamiento, Un (1) cargo Categoría
10, Especialidad F, a la Dirección General de Institutos Pe-
nales de la Provincia.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-