* CADUCA *
En uso de las atribuciones legislativas conferidas por la
Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Suprímese del Anexo 5, MINISTERIO DE ECONO-
MÍA, Jurisdicción 14, Secretaría de Estado de Agricultura y
Ganadería, Sector Económico Social 1, Unidad de Organización
67, Finalidad 6, Función 01, Sector 02, Actividad 01, los
cargos correspondientes al presupuesto vigente, detallados a
continuación:
Programa 670- Departamento General de Irrigación: Siete
(7) cargos clase 5 - Especialidad I.
Art.2º.- Créanse en el Anexo 6, MINISTERIO DE BIENESTAR
SOCIAL, Jurisdicción 16, Secretaría de Estado de Salud Pú-
blica, Unidad de Organización 75, Dirección General de Medi-
cina Asistencial, Sector Económico 12, Finalidad 4, Función
01, Sección 01, Sector 02, Actividad 01, los cargos que más
abajo se especifican, incrementándose en consecuencia los
créditos presupuestarios:
Programa 754 - Recuperación de la Salud: Siete (7) Cargos
Clase 5- Especialidad I.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-