* CADUCA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Suprímese un cargo de Clase 24 (Director
General de Despacho), creándose un (1) cargo Clase 23 (Di-
rector de Despacho) en el Anexo 3 Gobernación, Jurisdicción
3 Gobernación, Sector Económico 16 Administración General,
Unidad de Organización: Gobernación y Secretaría General,
Actividad Central 081 Elaboración y Redacción de Disposicio-
nes Legales.
Art.2º.- Autorízase a Contaduría General de la Provincia
a realizar los ajustes necesarios en la Partida 01- Personal
de la Actividad Central 081- para dar cumplimiento a la pre-
sente Ley.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplese, pu-
blíquese en el Boletín Oficial, y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.