• Detalle de Ley

    Ley N°: 4750
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 24/03/1977
    Promulgada: 24/03/1977
    Publicada: 29/03/1977
    Boletin Of. N°: 18947

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la situación sanitaria  que presentan algunos esta-
    blecimientos educativos provinciales, que no condicen con el
    marco real que ellos deben contener en la materia,
    
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  a  la DIRECCIÓN DE MATERIALES Y
    CONSTRUCCIONES ESCOLARES, dependiente  de  la  SECRETARÍA DE
    ESTADO DE EDUCACIÓN  Y CULTURA, a ejecutar en término peren-
    torio y en  base  a los créditos que se determinan, trabajos
    de sanitarios en los establecimientos educativos
    provinciales siguientes:
    SCUELA                 CIRCUNSCRIPCIÓN
                             ADMINISTRATIVA         M O N T O
    La Angostura           Tafí del Valle            120.112
    Prácticas Rurales,de
    Villa Benjamín Aráoz   Burruyacu                 302.168
    7 de Abril, Taruca
    Pampa                  Burruyacu                 120.112
    Dr.M.Cossio, El Rodeo  Burruyacu                 302.168
    Blas Parera, Los Pérez-Cruz Alta                 120.112
    Almafuerte, El Talar   Cruz Alta                 120.112
    Alfredo Guzmán, Cevil
    Pozo                   Cruz Alta                 422.280
    Juan B.Bascary, Inge-
    nio La Florida         Cruz Alta                 120.112
    Carlos Vergara, Ran-
    chillo Viejo           Cruz Alta                 120.112
    Andrés Ferreyra, Los
    Bulacios               Cruz Alta                 302.168
    Luis Pasteur, Pozo
    del Alto               Cruz Alta                 302.168
    Agua Dulce             Leales                    120.112
    Batalla de Tucumán,
    El Cortaderal          Leales                    120.112
    Cacique Canamico, El
    Suncho                 Leales                    120.112
    El Centenario, Chañar
    Pozo                   Leales                    120.112
    Francisco de Aguirre,
    de M.García Fernández  Leales                    120.112
    Cocha Molle            Chicligasta               120.112
    Fray J.S.M. de Oro,
    Alto Verde             Chicligasta               302.168
    Las Malvinas, El Ma-
    nantial                Lules                     120.112
    La Reducción           Lules                     120.112
    
       Art.2º.- El presente  gasto  que  en  total asciende a la
    suma de PESOS  TRES  MILLONES  SEISCIENTOS CATORCE MIL SEIS-
    CIENTOS OCHENTA Y  OCHO  ($  3.614.688),  será  atendido con
    cargo al Programa  360,  Partida  Principal 09, Proyecto 50,
    Obra 32 (Obra  por  Administración), del Presupuesto General
    de 1976, vigente para 1977.-
    
       Art.3º.- Exímese a  la  contrataciones que se realicen en
    cumplimiento de la  presente Ley, de los requisitos de lici-
    taciones previstos por las Leyes de Obras Públicas y de Con-
    tabilidad, cuando razones  debidamente  fundadas así lo jus-
    tifiquen; quedando facultado  el  señor Secretario de Estado
    de Educación y Cultura para este caso y por vía de excepción
    para aprobar tales  contrataciones  cualesquiera  fueren sus
    montos.-
    
       Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A LA DIRECCIÓN DE MATERIALES Y CONSTRUCCIONES
    ESCOLARES A EJECUTAR EN TÉRMINO PERENTORIO TRABAJOS DE
    SANITARIOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA
    PROVINCIA.

  • Observaciones