* CADUCA *
VISTO las presentes actuaciones por las que la Dirección
de Estadística solicita compensación de partidas dentro de
su presupuesto vigente para el corriente año.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase de acuerdo al artículo 1º de la
Ley Nº 4.110, el programa 200 del presupuesto 1976 vigente
para 1977, de la siguiente manera:
EXTRAER:
De la partida principal 01 - Personal 645.000.00
partida parcial 02 - Personal Tempo-
rario 645.000.00
Part. Sub-parcial 01 - Rem. Básicas 502.000.00
Part. Sub-parcial 03 - Sueldo Anual
Complementario 42.000.00
Part. Sub-parcial 04 - Aporte Patronal
Jubilatorio 82.000.00
Part. Sub parcial 05 - Aporte Patronal
Obras Sociales 19.000.00
De la partida principal 02 -Bienes de Consumo 250.000.00
REFORZAR:
A la partida principal 01 - Personal 645.000.00
partida parcial 01 - Planta Permanente 143.000.00
Part. Sub-parcial 03 - Sueldo Anual
Complementario 42.000.00
Part. Sub-parcial 04 - Aporte Patronal
Jubilatorio 82.000.00
Part. Sub-parcial 05 - Aporte Patronal
Obras Sociales 19.000.00
Partida parcial 04 - Servicios Extra-
ordinarios 502.000.00
A la Partida principal 03 - Servicios 250.000.00
todo ello del presupuesto general de 1976, vigente para
1977.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a sus
efectos al Registro Oficial de Leyes y Decretos.-