* CADUCA *
La Sala de R.R., sanciona con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Facúltase al P.E para abonar de rentas ge-
nerales la cantidad de doscientos setenta y seis pesos fuer-
tes cincuenta centavos, mitad de los gastos de viaje hechos
por el químico francés, D. Enrique Basset, en su traslación
desde París a esta ciudad.
Art. 2º.- Facúltase igualmente, para abonar al expresado
químico la cantidad de setenta y cinco pesos fuertes men-
suales, desde el 12 de Agosto del corriente año hasta la
sanción de la ley de presupuesto que ha de regir para el año
económico de 1883.
Art. 3º.- El gasto autorizado por esta ley se imputará a
la misma.
Art. 4º.- Comuníquese al P.E.
Tucumán, Sala de Sesiones, Noviembre 18 de 1882.-