* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario al inciso
2º, del artículo 7º, del Presupuesto General de gastos, por
la cantidad de dos mil seiscientos pesos fuertes.
Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Noviembre 29 de 1882.-