* CADUCA *
VISTO el Convenio firmado entre el Superior Gobierno de
la Provincia y el CONET (Consejo Nacional de Educación Téc-
nica) para el dictado de cursos de capacitación en artesanía
a fin de capacitar a la población activa de la Provincia, en
actividades y oficios que son requeridos en el contexto
socio-económico,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Otórgase un crédito presupuestario de NUEVE
MILLONES DE PESOS ($ 9.000.000.-), a la COMISION COORDINADO-
RA Y FISCALIZADORA DE LOS CURSOS DE CAPACITACION DE OBREROS
DE FABRICA Y SURCOS DE LA INDUSTRIA AZUCARERA, a fin de abo-
nar las remuneraciones del personal docente y de coordina-
ción que se desempeñan en el mismo.
Art. 2º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la
presente Ley serán financiados con fondos de Rentas Gene-
rales.
Art. 3º.- El anticipo de la suma de SIETE MILLONES DE
PESOS ($ 7.000.000.-), dispuesto mediante decreto nº
540/3(SH) del 10 de febrero de 1977, será absorbido a las
disposiciones emanadas por la presente Ley.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-