• Detalle de Ley

    Ley N°: 4819
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 02/05/1977
    Promulgada: 02/05/1977
    Publicada: 10/05/1977
    Boletin Of. N°: 18976

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
           EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
              SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
     ARTICULO 1º.-  Fíjanse  las  siguientes tasas por el uso de
    agua potable  como  servicio  prestado  por el Servicio Pro-
    vincial de Agua Potable y Saneamiento:
    
             a) Primera    Categoría:  Casas particulares de más
                de 80  m2.  de superficie cubierta: $ 1.248 men-
                suales.
             b) Segunda    Categoría: Casas particulares de has-
                ta 80  m2.  de superficie cubierta: $ 500.- men-
                suales.
             c) Tercera  Categoría:  Casas  precarias  de  cual-
                quier tipo y superficie: $ 273.-, mensuales.
    
       Art. 2º.- Fíjanse  las  siguientes tasas por solicitud de
    conexión:
                a) Primera Categoría: $ 3.000.-
                b) Segunda Categoría: $ 1.700.-
                c) Tercera Categoría: $ 1.000.-
    
       Art. 3º.- Las tasas establecidas en los artículos 1º y 2º
    de la  presente ley regirán a partir del 1º de enero de 1977
    y para el primer semestre del período fiscal 1977.
    
       Art. 4º.- Autorízase  al Director del Servicio Provincial
    de Agua  Potable  y Saneamiento, a actualizar las tasas pre-
    vistas en  los artículos 1º y 2º de la presente ley conforme
    a la  variación  en  el  "Indice de precios al consumidor de
    bienes y  servicios  en San Miguel de Tucumán" confeccionado
    por la  Dirección  Provincial de Estadísticas y Censos, ocu-
    rrida entre  los  últimos meses del semestre anterior al que
    se actualiza.
    
       Art. 5º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en el Boletín Oficial, y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FIJA TASAS POR EL USO DE AGUA POTABLE COMO SERVICIO PRESTADO
    POR EL SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO Y
    PARA LA SOLICITUD DE CONEXIÓN, QUE REGIRÁN A PARTIR DEL 1°
    DE ENERO DE 1977.

  • Observaciones