* CADUCA *
VISTO, que el Intendente Delegado en la Circunscripción
Administrativa de San Miguel de Tucumán-Capital, solicita la
respectiva autorización para dictar una Ordenanza mediante
la cual se dispone ampliar en la suma de $ 275.000.000,00 el
capital del Banco Municipal de Tucumán, a la vez que se
determina la forma en que se integrará dicha incrementación;
teniendo en cuenta que la adopción de la referida medida es
a los efectos de cumplir con la Circular B. 1424/1977 del
Banco Central de la República Argentina, que clasifica a la
aludida Institución como "BANCO COMERCIAL" Categoría III;
siendo procedente acceder a lo requerido conforme lo aconse-
ja a foja 12 Fiscalía de Estado; y atento a las normas con-
tenidas en la Ley nº 4.646 del 24/12/1976,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Intendente Delegado en la
CIRCUNSCRIPCION ADMINISTRATIVA DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN-
CAPITAL, para sancionar y promulgar una Ordenanza, cuyo
texto se agrega como fojas 2/3 de estas actuaciones, por la
cual se amplía en la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO
MILLONES DE PESOS ($ 275.000.000,00), el capital del BANCO
MUNICIPAL DE TUCUMAN, y se determina en la forma en que se
integrará dicha incrementación.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-