* CADUCA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Créase en la SECRETARIA DE ESTADO DEL
INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA,
un CUERPO DE ASESORAMIENTO Y CONTROL para las Circunscrip-
ciones Administrativas del Interior de la Provincia.
Art. 2º.- Créase, asimismo en el anexo 4 - Ministerio de
Gobierno y Justicia, jurisdicción 40 - SECRETARIA DE ESTADO
DEL INTERIOR, unidad de organización: SECRETARIA DE ESTADO
DEL INTERIOR, programa 200 y a los efectos de lo dispuesto
por el artículo anterior, los siguientes cargos:
Especialidad G, 6 cargos categoría 21;
Especialidad G, 2 cargos categoría 20;
Especialidad H, 4 cargos categoría 19;
Especialidad I, 2 cargos categoría 14;
Especialidad F, 2 cargos categoría 14.
Art. 3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar la
presente Ley.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-