• Detalle de Ley

    Ley N°: 4846
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 01/06/1977
    Promulgada: 01/06/1977
    Publicada: 08/06/1977
    Boletin Of. N°: 18996

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la  autorización solicitada por la Municipalidad de
    San Miguel de Tucumán para tramitar ante la Caja Nacional de
    Ahorro y  Seguro  la  ampliación  de  crédito para financiar
    obras por un total de $ 280.461.259.-; y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que con  la ejecución de la obra, cuya ampliación de cré-
    dito se  requiere, se dará solución a impostergables proble-
    mas de  la  población  municipal, y atento a lo aconsejado a
    foja 5 por Fiscalía de Estado,
    
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
               SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
     ARTICULO 1º.-  Autorízase  a la MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
    DE TUCUMAN  a  gestionar  ante  la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y
    SEGURO la  ampliación  del préstamo y a contraer las obliga-
    ciones emergentes  del  mismo  por el importe que se detalla
    con destino  a la obra: "Ampliación Red de Gas Zona Centro y
    Avenida Mate  de  Luna",  en  la  suma de DOSCIENTOS OCHENTA
    MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
    Y NUEVE PESOS ($ 280.461.259.-).
    
       Art.2º.- Autorízase a  la  MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE
    TUCUMAN a afectar la Coparticipación de Impuestos Nacionales
    y Provinciales  que   le  corresponde,  para  garantizar  el
    cumplimiento de  las  condiciones  bajo las cuales se forma-
    lizarán las  operaciones  por el crédito a que se refiere el
    artículo 1º.
    
     Para instrumentar  dicha afectación la Municipalidad deberá
    ceder mediante  Ordenanza  a la Provincia de Tucumán, por el
    importe indicado,  los  recursos de la mencionada Copartici-
    pación.
    
       Art.3º.- La MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, debe-
    rá prever  en  los  futuros presupuestos, los créditos nece-
    sarios para  atender los servicios de amortización y/o Inte-
    reses del préstamo hasta su total cancelación.
    
       Art.4º.- Téngase por  Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, A
    GESTIONAR ANTE LA CAJA NACIONAL DE AHORROS Y SEGUROS, UN
    PRESTAMO CON DESTINO A LA AMPLIACION DE LA RED DE GAS
    NATURAL ZONA CENTRO Y AVENIDA MATE DE LUNA.

  • Observaciones