* CADUCA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,.
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE.
L E Y :
ARTICULO 1º.- Créanse los siguientes cargos en el Anexo 5
Ministerio de Economía - Jurisdicción 40 - Secretaría de
Estado de Comercio, Industria y Minería- Sector Económico 05
- Comercio- Programa 490, Servicios Administrativos: Direc-
ción de Comercio Exterior.
1 (un) cargo categoría 24
1 (un) cargo categoría 22
1 (un) cargo categoría 8
Art. 2º.- Autorízase a Contaduría General de la Provincia
a realizar los ajustes necesarios en la Partida Principal 01
del Programa a que se refiere el artículo 1º, para dar cum-
plimiento a la presente Ley y póngase en conocimiento de la
Dirección General de Presupuesto.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-