* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario al inciso
17 art. 13 del presupuesto general por la suma de un mil o-
chocientos setenta y tres pesos con cuarenta y seis centavos
fuertes, denominados de curso legal, para el pago de la deu-
da a favor del señor Marco Avellaneda y a cargo de la Pro-
vincia.
Art. 2º.- Autorízase al P.E. para satisfacer igualmente
los intereses que se adeuden, por ese crédito, desde el 31
de Diciembre último hasta la fecha en que se efectúe el
pago.
Art. 3º.- Comuníquese, etc.
Dada en la sala de sesiones, en Tucumán, a 13 de Agosto
de 1883.-