• Detalle de Ley

    Ley N°: 4940
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 26/12/1977
    Promulgada: 26/12/1977
    Publicada: 29/12/1977
    Boletin Of. N°: 19139

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO, que  el  señor  Intendente Delegado en la Circuns-
    cripción Administrativa  de  San Miguel de Tucumán, solicita
    la respectiva  autorización  para  proceder al dictado de la
    Ordenanza de Código Tributario para la citada Municipalidad,
    y que conforme se desprende de estas actuaciones existe real
    urgencia de dotar de dicho cuerpo legal a la Circunscripción
    Administrativa peticionante  para su mejor desenvolvimiento,
    teniendo en  cuenta la mayor población administrada y conse-
    cuentemente una diferente organización.
       Por ello,  y  de  conformidad a la autorización conferida
    por el  Ministerio  del Interior, comunicada mediante Radio-
    grama nº  15398 del 14/12/1977, y en uso de las atribuciones
    otorgadas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
               SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al señor Intendente Delegado en
    la CIRCUNSCRIPCION  ADMINISTRATIVA DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN,
    para sancionar y promulgar la Ordenanza, mediante la cual se
    establezca el  Código  Tributario Municipal propuesto, en un
    todo de  acuerdo  con la documentación pertinente agregada a
    estas actuaciones.
    
       Art. 2º.- Las  fojas 191/266 en las cuales se transcriben
    el texto de la Ordenanza a dictarse, serán firmadas y sella-
    das por  el  Secretario General del Ministerio de Gobierno y
    Justicia.
    
       Art. 3º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD CAPITAL A
    SANCIONAR Y PROMULGAR LA ORDENANZA QUE ESTABLEZCA EL CÓDIGO
    TRIBUTARIO MUNICIPAL.

  • Observaciones