• Detalle de Ley

    Ley N°: 5014
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 27/10/1978
    Promulgada: 27/10/1978
    Publicada: 06/11/1978
    Boletin Of. N°: 19356

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO las facultades legislativas conferidas por la Junta
    Militar, en el  artículo 1º, apartado 4.4. de la Instrucción
    Nº 1/77,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese al señor ALBERTO SALVADOR INGRAO,
    M.I. Nº 8.093.012, por el término de diez (10) años y previo
    convenio a celebrarse  al efecto, el uso gratuito en calidad
    de tenedor precario,  del inmueble emplazado bajo el arco Nº
    9 del Puente Lucas A. Córdoba, contando a partir del extremo
    Este del mismo,  y que ocupa una superficie de 300 m2 (tres-
    cientos metros cuadrados), con destino específico a la cons-
    trucción de un bar.
    
       Art. 2º.- Facúltase al señor Secretario de Estado del In-
    terior, para que  en  representación del GOBIERNO DE LA PRO-
    VINCIA, suscriba el  convenio  respectivo referente a la ce-
    sión que hace el Estado Provincial del inmueble descripto en
    el artículo 1º,  en  las condiciones que se estipulan en las
    cláusulas  del proyecto  del  contrato que como  anexo forma
    parte de esta Ley.
    
       Art. 3º.- Téngase  por  Ley  de  la  Provincia, cúmplase,
    comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE AL SEÑOR ALBERTO SALVADOR INGRAO, M.I. N° 8.093.012,
    POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) AÑOS Y PREVIO CONVENIO A
    CELEBRARSE AL EFECTO, EL USO GRATUITO EN CALIDAD DE TENEDOR
    PRECARIO, DEL INMUEBLE EMPLAZADO BAJO EL ARCO N° 9 DEL
    PUENTE LUCAS A. CÓRDOBA CON DESTINO A EDIFICACIÓN DE UN BAR.

  • Observaciones