* DEROGADA *
VISTO, lo actuado en expediente nº 2.703/44-V-76 y en e-
jercicio de las facultades legislativas conferidas por la
Junta Militar en el artículo 1º, punto 5.1. de la Instruc-
ción nº 1/77,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la ley nº 4.904 de fecha 17 de oc-
tubre de 1977, ratificatoria del Acta nº 1.975, de fecha 8
de setiembre de 1977 de la Caja Popular de Ahorros de la
Provincia, aprobatoria del Convenio suscripto con la Caja
Nacional de Ahorro y Seguro referente a la transferencia
parcial del edificio de calle 25 de Mayo número 145/49.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-