* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir
y donar a las hijas solteras y al hijo menor del finado sar-
gento de gendarmería, Don Roque Arias, un sitio que haya de
servirles para casa habitación.
Art.2º.- Al objeto del artículo anterior, queda autoriza-
do el P.E. para invertir, de rentas generales, la suma de
trescientos pesos fuertes moneda nacional; debiendo entregar
a los interesados, en numerario, el excedente que hubiese
entre el valor del sitio y el gasto autorizado.
Art.3º.- Comuníquese, etc.
Dada en la Sala de Sesiones, en Tucumán, a 28 de Mayo de
1884.-