* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente nº 4.885/260-1979 y en e-
jercicio de las facultades conferidas por la Junta Militar
en el artículo 1º, punto 4.1. de la Instrucción Nº 1/77,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán, para proceder con ajuste a normas reglamentarias
vigentes a:
1) Entregar a cuenta de precio, una máquina fotoco-
piadora marca CANON NP-1100, por la adquisición
de un equipo fotocopiador mediante licitación
pública.
2) Vender por remate público una máquina fotocopia-
dora marca 3M DRY PHOTOCOPIER 209 AUTOMATIC.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.