* CADUCA *
VISTO las facultades legislativas conferidas por la Junta
Militar en los términos del artículo 1º, apartado 4.1. de la
Instrucción Nº 1/77,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN INTERINO
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán a donar al Superior Gobierno de la Provincia el
busto del General don JUSTO JOSE DE URQUIZA que se encontra-
ba en la Plaza Urquiza de esta Ciudad.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.