* CADUCA *
Visto las facultades legislativas conferidas por la Jun-
ta Militar en los términos del artículo 1º, punto 4.4. de la
Instrucción Nº 1/77,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN INTERINO
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Dónase a la Universidad del Norte Santo To-
más de Aquino, los siguientes bienes muebles, que oportuna-
mente le fueran cedidos en préstamo por la Dirección Provin-
cial de Aeronáutica:
1 (una) Mesa Directorio de 3,20 x 1,20 mts., con tapizado
y tapa de cristalina.
9 (nueve) Sillones, giratorios, tapizados con bratina
plástica color gris.
1 (un) Sillón fijo, tapizado con bratina plástica color
gris.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.