• Detalle de Ley

    Ley N°: 5156
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 20/03/1980
    Promulgada: 20/03/1980
    Publicada: 26/03/1980
    Boletin Of. N°: 19707

  • Texto
  • * CONSOLIDADA *
    
       Artículo 1º.- Facúltase al Instituto de Previsión y Segu-
    ridad  Social de  la Provincia  de Tucumán, a actualizar los
    beneficios y  cuotas de los afiliados, por los servicios so-
    ciales que  administra cada vez que se otorguen aumentos sa-
    lariales al personal  de la Administración  Pública  Provin-
    cial, y en función al promedio general de los mismos.
    
       Art. 2º.- Las  actualizaciones dispuestas por el artículo
    1º, entrarán a  regir a  partir del  primer  día del mes si-
    guiente a  aquél  en  que se otorgue el incremento salarial,
    para los siguientes servicios sociales:
              1. Subsidio familiar por fallecimiento;
              2. Seguro obligatorio por maternidad;
              3. Subsidio  de sepelio. La  actualización en este
                 caso sólo se aplicará a la cuota del afiliado.
    
       Art. 3º.- El reajuste de las primas del seguro escolar se
    aplicará anualmente,  sobre  la base de las variaciones ocu-
    rridas en  el año anterior, en los aranceles médicos sanato-
    riales para obras sociales. 
    
       Art. 4º.- Comuníquese.-
    
    __________
    
    - Texto consolidado.-

  • Relaciones

    Consolidada por Ley 8240

  • Resumen

    AUTORIZA AL I.P.S.S.T. A ACTUALIZAR CUOTAS Y BENEFICIOS POR AUMENTOS SALARIALES.

  • Observaciones

    -TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 8.