• Detalle de Ley

    Ley N°: 5257
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 24/02/1981
    Promulgada: 24/02/1981
    Publicada: 05/03/1981
    Boletin Of. N°: 19945

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto, lo actuado en  expediente  Nº 3.257/110-D-1980 del
    Registro de la Secretaría General de la Gobernación y el De-
    creto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades le-
    gislativas conferidas por la Junta Militar,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  el art. 6º de la  Ley Nº 5.140
    por el siguiente:
       "Artículo 6º.- Los menores de dieciocho años  que cometan
    una contravención, podrán  ser  detenidos por  la policía, y
    previo sumario entregados a sus padres, tutores o  guardado-
    res o al ministerio de menores si carecieran de ellos.
       Si el menor infringiese nuevamente la presente ley dentro
    del término de cuatro meses, será  puesto a  disposición del
    Juez Correccional, a efecto de lo establecido por el artícu-
    lo 1º, 2º parte concordantes de la Ley Nacional Nº 22.278.
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el  Boletín Oficial y  archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5140
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5140 - CONTRAVENCIONES POLICIALES -

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5140.