• Detalle de Ley

    Ley N°: 5268
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 25/03/1981
    Promulgada: 25/03/1981
    Publicada: 01/04/1981
    Boletin Of. N°: 19964

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto, lo  actuado en expediente  Nº 6771/420 -S-1979 del
    Registro de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura y
    el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de  las faculta-
    des legislativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Confírmase como titular, en las  mismas ho-
    ras a cargos que desempeñe  como interino  a la fecha  de la
    presente ley, al personal docente  de las escuelas  de nivel
    medio  y educación  artística, que reúna los  siguientes re-
    quisitos:
             a)Poseer título docente, vacante o supletorio.
             b)Acreditar, a la fecha de la presente Ley, una an-
               tigüedad mínima de 2 (dos) años  en forma ininte-
               rrumpida, en  las horas a cargo que en  cada caso
               se trate.
             c)Haber  merecido concepto  sintético no inferior a
               bueno, siempre que durante los años de antigüedad
               requerida haya sido conceptuado.
    
       Art. 2º.- Las confirmaciones  dispuestas por  el artículo
    anterior, comprenden  únicamente a los  cargos iniciales del
    escalafón, a su  acumulación y  al acrecentamiento de  horas
    cátedras.
    
       Art. 3º.- Téngase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en el BOLETIN  OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    DISPONE LA TITULARIZACIÓN DE PERSONAL DOCENTE DE NIVEL
    MEDIO Y EDUCACIÓN ARTÍSTICA.

  • Observaciones