* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia, sancio-
nan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para mandar celebrar
honras fúnebres por el alma del ex Presidente de la Repúbli-
ca y Senador Nacional por esta Provincia, Dr. Dn. Nicolás
Avellaneda.
Art.2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, se imputarán a la misma.
Art.3º.- Comuníquese, etc.-
Sala de Sesiones, Tucumán, Diciembre 2 de 1885.-