* CADUCA *
VISTO lo actuado por Expediente Nº 1637/09-12-00-M-81 y
Agregados, de la Secretaría de Estado del Interior y las fa-
cultades conferidas por el Decreto Nº 877/80,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjanse en los montos que se consigna en
cada caso, en los Anexos I a XIV que forman parte de la pre-
sente Ley, los Presupuestos Generales y Cálculo de Recursos
para 1981 de los Organismos Municipales y Comunales que in-
tegran los Departamentos que a continuación se detallan:
I.- LEALES
II.- SIMOCA
III.- BURRUYACU
IV.- TAFI VIEJO
V.- TAFI DEL VALLE
VI.- FAMAILLA
VII.- YERBA BUENA
VIII.- CRUZ ALTA
IX.- MONTEROS
X.- GRANEROS
XI.- TRANCAS
XII.- RIO CHICO
XIII.- LULES
XIV.- JUAN B.ALBERDI
Art. 2º.- Facúltase a los señores Intendentes a desagre-
gar en Partidas Parciales y Subparciales, los Créditos Pre-
supuestarios que por el artículo anterior son asignados, al
Municipio y Comunas que integran el respectivo Departamento.
Art. 3º.- El Intendente podrá disponer las reestructura-
ciones y modificaciones que considere necesario en el Presu-
puesto del Municipio y/o Comunas de su Jurisdicción, con la
sola limitación de no alterar los importes determinados por
el Artículo 1º.
Art. 4º.- Autorízase asimismo a los señores Intendentes a
modificar los Presupuestos de los Organismos de su Departa-
mento, incorporando las partidas específicas necesarias o
incrementando las ya previstas, cuando deba realizar Eroga-
ciones originadas por la adhesión a Leyes y Convenios Nacio-
nales o Provinciales con vigencia en el ámbito Municipal y/o
Comunal.
Art. 5º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.