* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente Nº 28/110-P-1981 y el De-
creto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades le-
gislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Dónase al Arzobispado de Tucumán, con des-
tino a la construcción y funcionamiento de una Capilla, el
terreno fiscal ubicado en Villa Carmela, Departamento Tafí
Viejo, identificado según plano nº 916, Serie "K", como
"Fracción A" cuyas dimensiones y linderos son: al Norte, 35,
36 mts. con fracción "B"; al Sud, 35,36 mts. con calle pú-
blica; al Este, 25,00 mts. con calle pública; y al Oeste,
25,00 mts. con calle pública, con una superficie de 884.0000
m2; identificado con la siguiente nomenclatura catastral: C.
I, S.R, M. 6/7, Parcela 8g, Padrón 481078, Matrícula 7711,
Orden 1156, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la
Matrícula T - 10.169.
Art. 2º.- Facúltase a la Escribanía de Gobierno a labrar
la escritura traslativa de dominio correspondiente, desig-
nándose para suscribir dicho acto, en representación del Su-
perior Gobierno de la Provincia, al señor Director de Inmue-
bles Fiscales.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.