* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente nº 6.433/260-V-1980 y el
Decreto Nacional nº 877/80, en ejercicio de las facultades
legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Transfiérese en donación a la Municipalidad
de San Miguel de Tucumán, el inmueble de propiedad del Su-
perior Gobierno de la Provincia ubicado en San Felipe, De-
partamento Capital, Provincia de Tucumán, con una superficie
de 7.740.0000 m2, identificado con la siguiente nomenclatura
catastral: C. I, Sección 27, Manzana 85, Parcela 1, Padrón
nº 234.431, Matrícula y Orden 4483/160; con los siguientes
linderos; al Norte, Sud, Este y Oeste, con calle pública; i-
dentificado como Manzana N, según plano de Mensura nº 300,
Serie K, aprobado por la Dirección General de Catastro.
Art. 2º.- La presente donación es con el cargo de que el
inmueble sea destinado a plaza conforme a la Ley de Ejidos.
Art. 3º.- Facúltase a la Escribanía de Gobierno a labrar
la escritura traslativa de dominio correspondiente, desig-
nándose para suscribir dicho acto, en representación del Su-
perior Gobierno de la Provincia, al señor Director de Inmue-
bles Fiscales.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-