* CADUCA *
VISTO lo actuado en expediente nº 4271/M8-S-1981 del Re-
gistro de la Municipalidad de la Ciudad de Monteros, y el
Decreto Nacional nº 877/80, en ejercicio de las facultades
legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Autorízase a la MUNICIPALIDAD DE MONTEROS
(Departamento de igual denominación), a contratar con la Ca-
ja Popular de Ahorros de la Provincia, un préstamo por la
suma de $ 350.000.000 (TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PE-
SOS), y a contraer las obligaciones emergentes del mismo,
que será destinado a la adquisición de un inmueble para sede
municipal, con sujeción a las normas que establece la Ley
5.181 y concordantes disposiciones de la Ley de Contabili-
dad.
Art. 2º.- Autorízase asimismo, a la MUNICIPALIDAD DE MON-
TEROS, a sancionar y promulgar una Ordenanza por la cual au-
torice al Poder Ejecutivo de la Provincia a retener, a pedi-
do de la entidad acreedora, los montos que en concepto de
coparticipación en Impuestos Nacionales y Provinciales le
correspondan, en caso de mora.
Art. 3º.- La MUNICIPALIDAD DE MONTEROS, deberá preveer en
los futuros presupuestos, los créditos necesarios para aten-
der los servicios de amortización y/o intereses del préstamo
hasta su cancelación.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-